Requisitos para servicios de gestión de tránsito y navegación aérea
Se ha publicado en el «DOUE» núm. 62, de 8 de marzo de 2017, páginas 1 a 126, el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/373 de la Comisión, de 1 de marzo de 2017, por el que se establecen requisitos comunes para los proveedores de servicios de gestión del tránsito aéreo/navegación aérea y otras funciones de la red de gestión del tránsito aéreo y su supervisión, por el que se derogan el Reglamento (CE) n.° 482/2008 y los Reglamentos de Ejecución (UE) n.° 1034/2011, (UE) n.° 1035/2011 y (UE) 2016/1377, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.° 677/2011.
Con referencia DOUE-L-2017-80442, este Reglamento tiene como referencias anteriores:
DEROGA:
- Reglamento 2016/1377, de 4 de agosto (Ref. DOUE-L-2016-81482).
- de forma reiterada el Reglamento 1035/2011, de 17 de octubre (Ref. DOUE-L-2011-82116).
- de forma reiterada El Reglamento 1034/2011, de 17 de octubre (Ref. DOUE-L-2011-82115).
- de forma reiterada El Reglamento 482/2008, de 30 de mayo (Ref. DOUE-L-2008-80927).
SUPRIME los arts. 12 y 21 y el anexo VI del Reglamento 677/2011, de 7 de julio (Ref. DOUE-L-2011-81354).
Las materias que trata son:
- Aeropuertos y aeródromos
- Agencia Europea de Seguridad Aérea
- Armonización de legislaciones
- Autorizaciones
- Capacitación profesional
- Certificaciones
- Controladores aéreos
- Entidades de certificación
- Espacio aéreo
- Formación profesional
- Meteorología
- Navegación aérea
- Normas de calidad
- Telecomunicaciones